El
BOE publica la esperada reforma sobre
Responsabilidad en accidentes de tráfico por atropello
de especies cinegéticas
El
Boletín Oficial del Estado nº 172, de fecha 20 de
julio de 2005, ha publicado la Ley 17/2005 de 19 de julio por
la que se regula el permiso y la licencia de conducción
por puntos y se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
En
el texto reformado se incorpora una Disposición Adicional
Novena con la siguiente redacción:
“Disposición
Adicional Novena. Responsabilidad en accidentes de tráfico
por atropellos de especies cinegéticas.
En
accidentes de tráfico ocasionados por atropellos de especies
cinegéticas será responsable el conductor del vehículo
cuando se le pueda imputar incumplimiento de las normas de circulación.
Los
daños personales y patrimoniales en estos siniestros, sólo
serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos
o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el
accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar
o de una falta de diligencia en la conservación del terreno
acotado.
También
podrá ser responsable el titular de la vía pública
en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad
en el estado de conservación de la misma y en su señalización.”
Según
la Disposición Final Segunda, "la presente Ley entrará
en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE”.
Con
la publicación de esta esperada reforma, se consigue paliar
la injusta y problemática situación que el colectivo
de los cazadores venia soportando desde hace tiempo. Hoy, la actividad
cinegética celebra ver atendida su insistente demanda ante
la necesidad de buscar una solución lógica y urgente
a esta probelmática social. Ahora solo queda que las Comunidades
Autonomas adapten su legislación en materia de caza a lo
que dice la ley estatal.
Esta
reforma es una prueba más de que la unión de todos
los sectores relacionados con la actividad cinegética es
necesaria para lograr nuestros objetivos.
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